Como muchos sabemos, la semana pasada se publicó una noticia muy transcendental relacionada con IFS y es que, el Comité Directivo de GFSI, sancionaba los Estándares Internacionales Destacados de IFS durante un periodo de tres meses a partir del 8 de diciembre de 2022.
Actualmente, una entidad de certificación puede hacer una auditoría de IFS pero el certificado no estará reconocido por GFSI. Esto puede suponer un problema si no tienes otra certificación reconocida por GFSI y algún cliente te la exige.
Lógicamente, toda esta situación conllevó a que muchos nos preguntáramos, ¿cómo me afecta esta sanción? ¿Debo certificarme en otro estándar reconocido por GFSI?
Hasta la reciente suspensión de GFSI, la certificación IFS se aceptaba como un estándar de referencia de GFSI para la aprobación de proveedores. Sin embargo, los sitios que sean auditados y certificados según el estándar IFS durante el período de suspensión no serán aceptados como certificados de referencia de GFSI y, por lo tanto, no cumplirán con los requisitos que solicitan algunos estándares de BRCGS en cuanto al requisito de aprobación de proveedores.
Pues bien, empezamos a tener algunas respuestas… y una de ellas es por parte de BRCGS y es que, van a ayudar a aclarar posibles dudas que surgían conforme al requisito de aprobación de proveedores que estuvieran certificados en un estándar reconocido por GFSI y que, concretamente, fueran proveedores certificados en IFS.
A lo largo del día, BRCGS nos compartió su BRCGS 101: “Position Statementtoclarifythe use of IFS certificationforsupplierapprovalduring GFSI suspensionperiod”.
El objetivo de BRCGS 101 es explicar el proceso para las empresas y los auditores cuando se les ofrece un certificado IFS como una opción de referencia de GFSI para la aprobación de proveedores. Este documento es aplicable a los siguientes Estándares Globales y cláusulas:
- Inocuidad de los alimentos (incluidas las auditorías START! de nivel intermedio), concretamente, cláusula 3.5.1.2
- Materiales de Empaque (cláusula 3.7.2)
- Almacenamiento y Distribución (cláusula 3.5.2.2)
- Agentes y Corredores (cláusula 4.1.2)
- Programa de Certificación Libre de Gluten
En su lugar, BRCGS aceptará el Certificado IFS, es decir, auditoría de proveedores con criterios específicos como se detalla en cada Estándar. Sin embargo, durante este período BRCGS no espera que los sitios completen revisiones adicionales de los informes de auditoría de IFS como se indica en los Estándares BRCGS.
Esto significa que BRCGS continuará reconociendo y aceptando las auditorías certificadas por IFS realizadas durante el período de suspensión como satisfactoriaspara cumplir con los requisitos de aprobación de proveedores de BRCGS.
El mismo enfoque se aplicará para la aprobación de proveedores para productos comercializados.
Para aquellos sitios en el Programa de Certificación Libre de Gluten es un requisito previo estar certificado en un esquema de referencia GFSI, BRCGS START! o un programa de mercados globales equivalente, para controlar y gestionar sus sistemas de gestión de la inocuidad de los alimentos, incluido un análisis completo de peligros basado en los principios APPCC o HACCP del CodexAlimentarius.
Por lo tanto, BRCGS confía en que sigue siendo una opción de certificación adecuada y continuará reconociendo y aceptando las auditorías certificadas por IFS realizadas antes y durante el período de suspensión como satisfactorias para cumplir con estos requisitos.
Según se evidencia en el documento, puede aplicarse a todas las auditorías relevantes que comiencen a partir del 13 de diciembre de 2022.
Tamara Quintana García
Área de Seguridad Alimentaria
Central Internacional de Operaciones de Intedya