El pasado 16 de julio entró en vigor reglamento de fertilizantes (Reg (UE) nº 2019/1009. El reglamento cubre una amplia gama de productos fertilizantes, que incluyen materiales calcáreos, mejoradores del suelo, agentes de crecimiento, bioestimuladores de plantas y mezclas.
Una de las mayores novedades es la bajada del límite de cadmio en los fertilizantes fosfatados. Se pasará de los actuales 90 mg de cadmio/kg de P205 a 60 mg/kg. Asimismo, se ha decidido una etiqueta voluntaria de “Bajo contenido de cadmio (Cd)” o similar o una representación visual a tal efecto para el producto fertilizante que tiene un contenido de cadmio inferior a 20 mg / kg. También se ha introducido límites para el mercurio y el arsénico.
El reglamento también busca abrir el mercado único a los fertilizantes orgánicos ya partir de residuos. Para ello, las nuevas normas definen las condiciones en las que se pueden comercializar fertilizantes orgánicos innovadores en el mercado único. Abordan los requisitos de seguridad, calidad y etiquetado que las empresas que producen y venden dichos fertilizantes deberán cumplir antes de colocar la marca CE, lo que permite que sus productos se comercialicen libremente en toda la UE sin trámites adicionales.
El reglamento también permite la armonización opcional. Dado que los productos fertilizantes a veces se producen localmente, los productos siguen siendo libres de elegir si quieren aplicar las nuevas normas de la UE o seguir cumpliendo las normas nacionales de los países de la UE para colocar productos en el mercado de la UE. Las empresas que deseen aplicar las normas nacionales sin colocar el marcado CE seguirán pudiendo vender sus productos en otros países de la UE bajo el principio de reconocimiento mutuo.
Las nuevas normas también incluyen una cláusula de revisión, de manera que la Comisión Europea tendrá que presentar un informe antes del 16 de julio de 2024, en el que se evalúe el funcionamiento del mercado interior de productos fertilizantes, se revisen los valores límite del contenido de cadmio en los abonos fosfatados con vistas a valorar la viabilidad de reducirlos de nuevo, se valore la aplicación de las restricciones relativas a los niveles de contaminantes.
Los Estados miembros han tenido que notificar a la Comisión y a los demás Estados miembros los organismos autorizados para realizar tareas de evaluación de la conformidad para terceros que empezaron a funcionar a partir del 16 de abril de 2020.
Fuente: agrodigital.com